Si estás pensando en darte de alta como autónomo, te contamos una serie de aspectos que debes tener en cuenta antés de dar este paso.

 

1. Bases de cotización

En 2016 la base máxima sube de 3.606 a 3.642 euros, mientras que la mínima (90% de los autónomos) se incrementa de 884,40 a 893,10 euros.

¿Qué quiere decir lo anterior? Si cotizas por la base mínima, y no tienes ninguna bonificación, pagarás 264 euros, son 3 euros más de lo que se pagaba en 2015. En el caso de que cotices por la base máxima, tu cuota será de 1.075 euros.

2. Bonificaciones

Desde el pasado mes de octubre la famosa TARIFA PLANA se fija la cantidad exacta de 50€ para los 6 primeros meses siempre que se acojan a la Base Mínima. Con posterioridad a ese periodo inicial se mantienen los mismos porcentajes:

  • 6 meses siguientes reducción 50%.
  • 3 meses siguientes reducción 30%.
  • 3 meses siguientes bonificación del 30%.

Además los hombres menores de 30 años y las mujeres menores de 35 años, que no hayan sido autónomos en los 5 años anteriores, tienen una bonificación adicional al periodo inicial de 6 meses del 30% en la cuota por contingencias comunes durante los 12 meses siguientes a la tarifa plana. Esta bonificación durará 30 meses.

 

3. Protección

Las cantidades anteriores incluyen la protección por contingencias comunes y por incapacidad temporal a las que están acogidos la mayoría de los autónomos, no incluye la protección por contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedad profesional) que encarecería la cuota .

Tampoco incluye la protección por el cese de actividad (el mal llamado "paro de los autónomos") que es voluntaria y que desde su creación en 2010 no ha tenido el éxito que se esperaba a tenor del eco mediático que se le dio a la medida. Además de encarecer la cuota, se requiere haber cotizado 12 meses y sólo te da derecho a 2 meses de prestación en el caso de cumplir una serie de requisitos.

darse_alta_autonomo-altec

4. IRPF

Para los autónomos con actividades profesionales, la retención general ha bajado del 19 al 15%. También se ha reducido del 9 al 7% en el caso de profesionales de nuevo inicio, durante el año de inicio de actividad y los dos siguientes.

 

5. Compatibilización paro con actividad cómo autónomo

Desde octubre de 2015, se elimina también la barrera de edad (antes solo < 30 años)  para que los trabajadores que estén cobrando el paro pueden darse de alta como autónomos y seguir recibiendo la prestación por desempleo.

La prestación es compatible con el alta durante un máximo de 9 meses, y se excluyen aquellos profesionales que hayan trabajado por cuenta propia, que ya recurrieron a cobrar esta opción o que capitalizaron el paro en los dos últimos años.

 

6. Capitalización por desempleo

También desde octubre de 2015, se elimina también la barrera de edad (antes solo < 30 años) para capitalizar el 100% de la prestación por desempleo para invertirlo en iniciar una actividad.

Hay que tener en cuenta que no tendrán derecho a capitalizar la prestación por desempleo quienes en los 24 meses anteriores a su solicitud hayan disfrutado la compatibilización del apartado anterior.

 

7. Pluriactividad

Los profesionales que trabajen como asalariados y autónomos (pluriactividad) puede que acaben pagando más de la cuenta a la Seguridad Social, al cotizar al mismo tiempo por dos regímenes distintos.

En estos casos se fija un tope máximo de cotización, y quien supere este tope puede pedir un reembolso. En 2015, la suma de esas dos cotizaciones debe sobrepasar los 12.245,98 euros para poder pedir la devolución en los cuatro primeros meses de 2016.