¿Qué ha salido un nuevo modelo de móvil? ¡Vendo el que tengo! ¿Casi no me pongo las zapatillas de running? ¡Las pongo a la venta en internet! Cada año se compra y vende más a través de las múltiples aplicaciones disponibles para ello en internet. En este artículo queremos explicar cómo tributan todo este tipo de operaciones que ahora más que nunca están a la orden del día.
La tributación en este tipo de operaciones dependerá de si se trata de operaciones empresariales o si se trata de operaciones entre particulares.
Si se venden objetos que se usan para el desarrollo de la actividad empresarial, entonces estarán sujetas al IVA, por ejemplo si vendiéramos una máquina de la empresa. Sin embargo si nuestro negocio es la venta de segunda mano entonces hay un régimen especial de IVA para bienes usados (outlet de muebles, concesionarios de segunda mano,…)
La venta tributará solo si vende el bien a un precio superior al que se compró. En este caso debe incluir en la declaración de la renta la ganancia patrimonial obtenida, siempre que este resultado sea positivo. Sin embargo, esto es difícil que suceda porque al ser bienes de segunda mano, lo normal es que se venda a un precio menor al que se compró.
Si tienes dudas como siempre te recomendamos que consultes a un profesional, en Altec Asesoría estaremos encantados de ayudarte.
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