A día de hoy vivimos sumergidos en el boom de las criptomonedas, esas monedas surgidas de internet y que se han convertido en objeto de inversión. Si es tu caso en este artículo intentamos arrojar luz sobre como debes declararlas a hacienda.
A día de hoy vivimos sumergidos en el boom de las criptomonedas, esas monedas surgidas de internet y que se han convertido en objeto de inversión. Si es tu caso en este artículo intentamos arrojar luz sobre como debes declararlas a hacienda.
La Agencia Tributaria comenzó ayer 4 de abril su campaña para la declaración de la RENTA 2017, la que va a ser la campaña más larga.
Finalmente se ha adelantado el plazo de presentación del modelo 347, pero no empezaremos a sufrirlo hasta dentro de un año. Y la nueva Orden de Módulos trae nuevos límites de exclusión, veámoslos.
Si no has presentado en plazo la liquidación del IVA trimestral o la RENTA cabe la posibilidad de presentarlo “fuera de plazo” lo cual puede conllevar desagradables consecuencias que te explicamos a continuación.
La presentación extemporánea de declaraciones o autoliquidaciones tendrá como consecuencia que la Hacienda Pública nos aplicará el correspondiente recargo (siempre por supuesto que nos haya salido a pagar) o sanción (si el resultado era a devolver o si no hubo presentación o fue esta fue incorrecta). Veamos las distintas posibilidades.
Tu declaración de la Renta 2016 te ha salido a devolver, pero aún no has visto ni un “duro” por parte de Hacienda. ¿Qué podemos hacer al respecto?
La devolución de estas cantidades ya sea derivada de acuerdos entre las partes, sentencia judicial o de laudo arbitral puede conllevar una regularización en RENTA que dependerá de si han formado parte de la deducción por inversión en vivienda habitual o hubieran tenido la consideración de gasto deducible.
Los planes de pensiones son un producto muy extendido de cuyas aportaciones se puede beneficiar el contribuyente en forma de reducciones de la base imponible general. Pero ¿qué ocurre en el momento de su cobro?
Con carácter general, están obligados a presentar declaración por este impuesto todos los contribuyentes, es decir, todas aquellas personas físicas que durante el periodo impositivo tuvieron su residencia habitual en España, siempre que en dicho año hayan obtenido rentas sujetas al impuesto, con independencia del lugar donde se hayan producido. Pero hay excepciones, veamos algunos ejemplos.
Novedad RENTA 2016: el Gobierno de la Región de Murcia incluyó una nueva deducción en los presupuestos de 2016 por gastos en la adquisición de material escolar y libros de texto.
Con las retenciones del IRPF Hacienda estima lo que debemos pagar al hacer la declaración de la renta y le resta esa cantidad a nuestra nómina para que después el susto no sea tan grande. Con esto también se asegura una liquidez en tiempo real y no tener que esperar a cuando empiece el periodo de hacer la declaración de la renta.
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