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Todo lo que debes saber sobre el permiso de paternidad

Cuando hablamos de permiso de paternidad nos estamos refiriendo al periodo de suspensión del contrato con derecho a reserva del puesto de trabajo, pero también a la prestación con el mismo nombre. Veamos quien puede disfrutar de este derecho.

¿Cuál es la duración?

A partir del día 01/01/2017 la duración del permiso de paternidad fue ampliada de 13 días a 4 semanas ininterrumpidas, ampliables en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples en 2 días más por cada hijo a partir del segundo.

Esta medida estaba contemplada en la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida, pero se ha ido posponiendo en los últimos años. Además, está en suspenso la ampliación a 5 semanas hasta la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para 2018.

La gestión de esta prestación corresponde directa y exclusivamente a la entidad gestora (INSS) pero no debemos olvidar que los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho a dos días más con cargo a la empresa tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores, o lo que establezca el convenio colectivo de aplicación.

 

¿En qué cuantía se cobra?

La cuantía de la prestación económica por paternidad consiste en un subsidio que se determina en la forma establecida para el subsidio de maternidad (100% de la base reguladora a la fecha del inicio del período de descanso).

Como vimos en nuestro artículo sobre la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, en el caso de los autónomos la base reguladora de las prestaciones económicas por maternidad y paternidad será, a partir del día 01/03/2018, el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas a este régimen especial durante los 6 meses inmediatamente anteriores al del hecho causante entre ciento ochenta (hasta ahora era la del mes anterior).

 

¿Quién puede ser beneficiario?

Veamos los diferentes supuestos:

  • Parto: la suspensión corresponde en exclusiva al otro progenitor. Si la madre no tiene derecho a suspender su actividad profesional con derecho a prestaciones por maternidad, el otro progenitor puede percibir el subsidio por paternidad, compatible con el subsidio por maternidad, y disfrutar de los correspondientes períodos de descanso. 
  • Adopción o acogida: sólo uno de los progenitores podrá acogerse al permiso. Salvo que el periodo de descanso por maternidad sea disfrutado en su totalidad por uno de los progenitores, en cuyo caso sólo puede ser el otro.
  • Monoparental: si se acoge o se ha acogido al subsidio por maternidad, no podrá disfrutar el de paternidad.
  • Madre residente en el extranjero: el padre podrá percibir el subsidio.

prestación_permiso_paternidad-altec-asesoria

¿Cuáles son los requisitos a cumplir?

Vemos a continuación los obligatorios y comunes sea cual sea el caso que nos ocupe.

  • Estar dados de alta o afiliados a la Seguridad Social.
  • Contar con un período de cotización mínimo de 180 días cotizados en los 7 años anteriores a partir de la fecha de inicio de esa suspensión, o 360 días cotizados durante toda la vida laboral anterior a la fecha de inicio del permiso.
  • En situaciones de pluriactividad, puede percibirse el subsidio en cada uno de los regímenes de la Seguridad Social en el que se reúnan los requisitos exigidos. Si sólo reúne requisitos para acceder al subsidio en un único régimen, se reconoce computando exclusivamente las cotizaciones satisfechas a dicho régimen. Si no se reúnen en ningún régimen, se totalizan las cotizaciones que no se superpongan y se causa el subsidio en el régimen en el que se acrediten más días de cotización.
  • En situaciones de pluriempleo, el trabajador puede causar el subsidio en cada empleo, teniéndose en cuenta las bases de cotización correspondientes a cada una de las empresas o actividades, siendo de aplicación el tope máximo establecido.

 

¿Qué documentos se deben presentar?

  • Solicitud en el modelo oficial.
  • Fotocopia del DNI.
  • Certificado de empresa si es trabajador por cuenta ajena.
  • Libro de Familia o en su defecto la certificación de la inscripción del hijo cuando estos datos no consten automatizados en el Registro Civil.
  • Certificado de número de cuenta.
  • Los autónomos presentarán una “Declaración de situación de la actividad”.

 

Como ves el derecho laboral y de la Seguridad Social está en permanente cambio, por eso siempre recomendamos consultar con un profesional. En Altec Asesoría estaremos encantados de resolver tus dudas y ayudarte en tus gestiones.

 

42 Comments

  1. Hola, mi duda es en el caso de pluriactividad y permiso de paternidad

    En mi caso que trabajo para la seguridad social y también como autonomo, en el caso de baja paternal, puedo coger la baja solo en la SS y seguir trabajando en el mismo horario como autonomo (no cobrando por la mutua la baja de paternidad, claro)

    • josemoreno

      2 octubre, 2019 at 9:43

      Entendemos que la baja la tienes que coger como trabajador por cuenta ajena y como autónomo.

    • Inés María

      16 mayo, 2021 at 14:58

      Hola mi chico trabajas de lunes a viernes en un trabajo y los sábados y domingo en una cafetería. Vamos a ser padre se tiene que coger la baja por paternidad en los dos trabajos???? Muchas gracias 

      • josemoreno

        19 mayo, 2021 at 16:29

        Entiendo que si tiene derecho a ello en los dos trabajos debe coger la baja paternal en los dos.

         

        Un saludo

  2. Alberto alvarez

    23 diciembre, 2019 at 22:55

    Hola buenas entiendo que si tengo dos trabajos , en uno piedo cogerme la baja entera y en otro lo deseado. O me twngo que coger en ambas las mismas semanas?

    • josemoreno

      9 enero, 2020 at 10:52

      Es un tema controvertido, pero entiendo que lo normal es coger la baja paternal al mismo tiempo, se trata de cuidar al bebe, no de ir a trabaja a otro trabajo

  3. Gracias por aportar luz a nuestras dudas José Moreno.

    Mi situación es la siguiente, estoy de excedencia por cuidado de un hijo y a la vez trabajando a tiempo completo en otra empresa pero con horarios mucho mejores.Acabo de ser padre por segunda vez y he pedido la prestación por paternidad de la empresa en la que estoy trabajando pero¿ podría pedir la prestación de la empresa en la que estoy de excedencia ? (ya que estoy en situación asimilada por la seguridad social).

    Un saludo.

     

    • josemoreno

      14 diciembre, 2020 at 18:47

      Su situación es sorprendente, pidió una  excedencia por cuidado de hijo en una empresa y ahora dice que trabaja en otra, entiendo que usted esta cometiendo una irregularidad y si se entera la primera empresa podría tener problemas. Y es lógico  que cobre solo la prestación de la empresa que esta activo.

  4. Buenas, trabajo en 3 empresa por cuenta ajena puedo coger el. Permiso de paternidad en las 3 empresas cobrare x las 3 empresas o solo en una 

    • josemoreno

      12 enero, 2021 at 12:24

      Pues la verdad que nunca se nos ha planteado este caso, pero si es a tiempo parcial en las tres entiendo que tiene derecho a ello. 

  5. hola buenos dias, soy medico y trabajo en elsector privado y publico, en 15 dias nacera mi hijo quisiera saber si el inns me pagara la prestacion por paternidad teniendo en cuenta solo un empleo o me pagaran por las dos empresas ya que he cotizado en ambas.gracias

    • josemoreno

      19 abril, 2021 at 9:51

      Si reúne los periodos de carencia en el Régimen General y en el de Autónomos, tendrá derecho a la prestación por paternidad en los dos regímenes. Si no esta dado de alta en el autónomo y cotiza en la mutualidad, tendrá que ponerse en contacto con ellos.

  6. Hola, una consulta soy trabajador por cuenta ajena, en Régimen General y trabajador autónomo como profesional. ¿ Tengo derecho a percibir las prestaciones por paternidad en ambos regimenes? Muchas Gracias.

    • josemoreno

      4 mayo, 2021 at 14:21

      Si tienes cubierto el periodo de carencia si se tiene derecho al permiso de paternidad en ambos regimenes. Un saludo

  7. Hola,

    Tengo dos trabajos en Rémigen General. En uno estoy Fijo a jornada completa y en otro a tiempo parcial. He simulado mi prestación para paternidad en la web de la seguridad social y sólo aparece el importe del Trabajo fijo a tiempo completo. El parcial no se contabiliza.

    Para cobrar la prestación por paternidad del trabajo parcial, tengo que tener algún requisito o se cobra sin más.

    Un saludo

    • josemoreno

      5 agosto, 2021 at 15:52

      Tienes que solicitar las dos prestaciones y si reúne los requisitos en ambos le pagaran la prestación de ambos trabajos.

      Un saludo

  8. Buenas tardes, queria plantear la siguiente situacion:

    Un trabajador que ha sido padre en una empresa A y que se le termino el contrato eventual y durante el cual solo disfruto de las 6 semanas obligatorias, despues del nacimiento de su hijo, si al mes sigiente comienza a trabajar en una empresa B, ¿podría solicitar las 10 semanas restantes?

    Gracias.

     

    • josemoreno

      24 agosto, 2021 at 9:48

      Pues la verdad es que es una pregunta un tanto controvertida, nosotros entendemos que si con si se esta disfrutando el Permiso de Paternidad, y el contrato de trabajo llega a su fin el trabajador, sigue cobrando la prestación de paternidad en lugar de percibir la prestación de desempleo. Con la empresa B entendemos que no puede pedir la prestación porque en el momento del hecho causante, no prestaba servicios para ella.

      Un saludo

  9. Buenas Noches desearia saber , al estar trabajando para 2 empresas (1 privado  y otro publico al 100%)al cogerme el permiso por paternidad ,recibire el pago por ambas empresas o uno sola..ç

    he realizado la simulacion en la pagina de seghuridad social y me aparece las 2 empresas 

    Tus cotizaciones determinan la cuantía de tu prestación

    TUS EMPRESAS

     

    RESIDENCIAS DE MAYORES SAN MARCOS, S.L.–Tiempo Total La última base de cotización que conocemos es de junio de 2021(1906,29 euros)

     

    GERENCIA DE ATENCION PRIMARIA DE MADRID BD10–Tiempo Total La última base de cotización que conocemos es de junio de 2021(1906,29 euros)

     

    JULIO 2021 euros días

     

    la cantidad recibida en su totalidad sera  de 1906.29  o es por cada empresa?

    un saludo

  10. Hola trabajo de conserje en dos edificios diferentes pero en uno trabajo de lunes a viernes y en otro sábado y domingo.mi pregunta es si solo puede cogerme la baja por paternidad en el que estoy sábado y domingo porque en el de lunes a viernes acabo de empezar y no quiero un saludo.

  11. Hola. Gracias por el post y su tiempo. 
     

    Quisiera saber si cobraría la prestación. Estoy contratado en una empresa (A) hasta diciembre. En Enero mi mujer da a luz y en enero empiezo en otra empresa (b)  Se supone q se me paga en relación a la nómina del último mes. Me pagaría la empresa A o la B? Q sueldo tendría en cuenta? O no tengo derecho?  
     

    Gracias 

    • josemoreno

      19 noviembre, 2021 at 17:55

      Ni la A ni la B, le paga la Seguridad Social y mientras perciba la prestación por paternidad no puede trabajar en ninguna empresa. 

  12. Hola, tengo una pregunta llevo 3 años en una empresa fijo (jornada completa), y es en donde he pedido mi permiso de paternidad y ya me he cogido la primeras 6 semanas obligatorias, mi hijo nacio en julio, actualmente he entrado a trabajar en otra empresa jornada parcial, llevo 1 mes, mi pregunta es si puedo seguir trabajando en la empresa de jornada parcial, ya que pedi el resto de mi paternidad en la empresa jornada completa a partir de enero del 2022.

     

    gracias un saludo.

    • josemoreno

      20 enero, 2022 at 16:18

      El derecho a la prestación se genera en el momento del hecho causante, por lo tanto usted no tendría derecho a la prestación de paternidad en la nueva empresa.

  13. Juan Jiménez

    26 enero, 2022 at 13:02

    Buenos días,

    Puedo estar de baja de paternidad en una empresa y hacer prácticas académicas (curriculares), no remuneradas pero dado de alta en la SS, para terminar un máster en otra empresa? 

    • josemoreno

      25 febrero, 2022 at 10:53

      La respuesta es la misma que en el caso anterior. Es un tema controvertido, pero entiendo que el permiso de paternidad es para lo que es, con lo cual debe tomarse al mismo tiempo en ambas empresas.

  14. Fernando Rodríguez

    22 febrero, 2022 at 15:14

    Buenas ,

    tengo dos trabajos, la empresa A trabajo los fines de semana y la empresa B entre semana.

    En ambas me he acogido a las 6 semanas obligatorias, pero quería saber si puedo disfrutar del resto de semanas opcionales que se tiene en la empresa A (de fines de semana) ,y darme de alta en la empresa B entre semana. 

    La empresa B entre semana me permite el teletrabajo.

    Muchas gracias

    • josemoreno

      25 febrero, 2022 at 10:53

      Es un tema controvertido, pero entiendo que el permiso de paternidad es para lo que es, con lo cual debe tomarse al mismo tiempo en ambas empresas.

  15. Buenos días,  en julio nace mi segunda niña, he estado muchos años pluriempleado, jornada continua 40h en un trabajo y 14 en otro, este último año solo en un empleo, el de jornada continua, ayer me ofrecieron un puesto y así volver al pluriempleo.

    Cobraría la paternidad en julio por los dos empleos como la cobre el año pasado por el nacimiento de mi otra hija?o existe algún requisito?

    • josemoreno

      4 mayo, 2022 at 9:21

      Si en el momento del Hecho causante esta dado de alta en las dos empresas SI

  16. Hola, una duda, trabajo como médico en el sector público y privado, es legal estar de permiso paternal en la seguridad social mientras sigo trabajando en sector privado? Gracias de antemano.

    • josemoreno

      5 mayo, 2022 at 10:11

      La BAJA PATERNAL esta regulada para ejercer la paternidad, por lo tanto hay que cogerla en los dos empleos.

  17. Hola! Mi hijo nacerá el día 2 de Julio, y he firmado un contrato indefinido día 13 de Junio por 6h diarias 1.100€ brutos.

    Mi idea es trabajar hasta que nazca mi hijo en este trabajo, y justo antes de que nazca firmar un contrato rápidamente en un trabajo temporal, para disponer de un poco más de dinero para cuidar a mi hijo.

     

    Mi duda es, aunque trabaje un día en el nuevo trabajo, me pertenece el total bruto durante 4 meses?

    O incluso sino llegase a trabajar el primer y estando dando de alta e informo a la empresa que he sido padre. Estarían obligados o me podrían permitir concederme el documento que debo aportar a la seguridad social para cobrar cada mes baja de paternidad?

    Con 1.100 no llego, lo haría para ganar un poco más de dinero, y salir favorecido.

    Tendría que ir a la seguridad social, con los 2 documentos de los 2 contratos diferentes, para cobrar por doble?

    Gracias

    • josemoreno

      4 julio, 2022 at 16:57

      Buenos días: Es un tema muy complicado y controvertido y hay opiniones encontradas, mi consejo es que vaya a una asesoría y con todos los documentos le hagan el estudio pertinente.

       

      Un saludo

  18. Buenas tardes.

    En mi caso tengo dos trabajos, uno de funcionario y otro de profesor en la universidad, en esta última llevaré 12 meses cuando nazca mi hijo, en la primera más de 16 años. ¿tendré derecho a cobrar por ambas o únicamente por una? ¿Es obligatorio coger la baja en las mismas semanas o podría coger unas semanas en una y otras en la otra?

    Muchas gracias.

    • josemoreno

      7 septiembre, 2022 at 12:07

      El cobro de la prestación de paternidad se podrá realizar por parte de las dos empresas, con el límite establecido del tope máximo de la base mensual de cotización.

      Las seis primeras semanas son de obligada elección en el momento del parto. El resto de la elección de los periodos de disfrute podrán ser en diferentes fechas para cada empresa, debiendo ser en ambos casos por semanas completas.

      Un saludo

  19. Buenas mi hijo nación en abril y cogí las 6 semanas obligatorias en mi trabajo, pero ahora me pueden llamar de otro trabajo y tengo previsto coger las 10 semanas que me resta en mi trabajo en el mes de noviembre, se que si me llaman del otro en ese no tendría derecho a la prestación ya que el hecho causante fue antes pero puedo trabajar o tengo que pedir una baja en el nuevo trabajo en el caso de que me llamen antes del mes de noviembre? O tendría que rechazar la prestación en mi trabajo?

    • josemoreno

      21 septiembre, 2022 at 9:47

      Buenas tardes: Entiendo que en el articulo debéis de tener en cuenta la sentencia del TSJ de Valencia, que establece:

       

      Que se puede compatibilizar la prestación de baja de su trabajo con la incorporación a un nuevo puesto de trabajo, siempre y cuando el nuevo trabajo se realice de manera parcial. El TSJ de Valencia, en su sentencia del 25 de abril de 2006 así lo establece desestimando el recurso planteado en contra por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

       

       

       

      Un saludo,

  20. Buenos dias, estoy trabajando en el Miisterio de Interior en completa (MUFACE) y parcial los fines de semana para una empresa.(INSS)

    Podria coger el permiso de paternidad en las 2?

    Es un derecho o una obligación? quiero decir que si puedo elegir no pedir la baja por paternidad o es obligatoria en ambos

    • josemoreno

      28 octubre, 2022 at 12:15

      El permiso de paternidad es un DERECHO, no es una obligación.

       

      Pero se quiere hacer uso del Derecho, la SEIS SEMANAS OBLIGATORIAS, tendría que solicitarla al mismo tiempo en la dos empresas y las diez semanas restantes las podría pedir indistintamente en una u otra empresa.

       

      Un saludo

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