Con carácter general, están obligados a presentar declaración por este impuesto todos los contribuyentes, es decir, todas aquellas personas físicas que durante el periodo impositivo tuvieron su residencia habitual en España, siempre que en dicho año hayan obtenido rentas sujetas al impuesto, con independencia del lugar donde se hayan producido. Pero hay excepciones, veamos algunos ejemplos.

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