Si eres trabajador por cuenta ajena cada mes te entregan un recibo individual de salarios, lo que todos conocemos como "nómina". Pero ¿sabrías realmente descifrar los conceptos que contiene?

El recibo de salarios o nómina viene a ser un documento que detalla y justifica el pago de tu salario. Se refiere a meses naturales, por lo que las empresas que abonen salarios por períodos inferiores deben documentarlos como anticipos a cuenta de la liquidación definitiva.

Dicho recibo debe ajustarse al modelo que apruebe el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y que actualmente está aprobado por la Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, por la que se modifica el anexo de la Orden de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de recibo individual de salarios (BOE de 11/11/2014). Como novedad, se introdujo la obligación del empresario de informar a los trabajadores de la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social indicando la parte de la cotización que corresponde a la aportación del empresario, y no sólo la parte correspondiente al trabajador como hasta ese momento.

 

Este es el modelo oficial:

conceptos_nomina-altec-asesoria

 

 

Como ves la nómina consta de distintos apartados, te los explicamos para que puedas identificarlos y entenderlos:

  • Datos de la empresa y datos del trabajador:

Este primer apartado está en el encabezado de la nómina y en él vendrán los datos relativos a la empresa: denominación social, CIF, etc.

También los datos relativos al trabajador: datos, categoría profesional, etc.

El concepto categoría profesional es clave para poder obtener información sobre el salario que nos están aplicando, que se corresponderá con el estipulado en el convenio colectivo en su caso. El convenio de aplicación se señala en el contrato de trabajo.

En este apartado puede aparecer también la antigüedad.

Por último, debajo de estos datos podremos encontrar el periodo de liquidación, que son los días trabajados por los que estamos recibiendo la retribución.

 

  • DEVENGOS y salario bruto:

Este apartado detalla todas las cantidades económicas generadas y está compuesta por percepciones salariales, percepciones no salariales y total devengado.

 

  1. Percepciones salariales:

Esta categoría agrupa conceptos como pueden ser: Salario base, complementos, horas extra, salario en especie y gratificaciones extraordinarias.

La información que aparezca en el apartado gratificaciones extraordinarias nos desvelará si nuestras pagas extras están prorrateadas dentro del salario mensual. Si esta casilla está en blanco significa que no están incluidas en nuestro salario y que las recibiremos en las fechas estipuladas por nuestro Convenio Colectivo.

 

2. Percepciones no salariales:

Está compuesto por cualquier indemnización a la que pudiéramos tener derecho o prestaciones recibidas en caso de baja por incapacidad temporal y por otras percepciones salariales que no cotizan a la seguridad social: dietas, gastos de locomoción, manutención, etc.

 

  • TOTAL DEVENGADO (A):

A continuación podremos conocer la suma de todos los conceptos devengados, es lo que se conoce como salario bruto.

 

  • Deducciones: como su nombre indica, en es este apartado los conceptos se restan o descuentan, como es el caso de las cantidades que vamos a aportar a la Seguridad social por los diferentes conceptos (contingencias comunes, desempleo, etc.), que se conoce como cuota obrera (6,35% con carácter general de la base de cotización señalada al final de la nómina).

A continuación encontraremos las retenciones que nos aplican del IRPF. Este porcentaje se nos tiene que calcular al inicio de la relación laboral teniendo en cuenta nuestro tipo de contrato, salario y circunstancias personales, y se debe de actualizar cuando cambien alguno de esos aspectos o la propia legislación.

Si el empresario nos financia un plan de pensiones también tendrá que venir en este apartado. Así como los anticipos o adelantos a cuenta de la nómina que hayamos percibido antes del pago de la misma

Al final encontraremos la suma de todas las cantidades a TOTAL A DEDUCIR (B) del salario bruto.

 

  • LÍQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B):

Es la cantidad económica que recibiremos, lo que se conoce como salario neto, que se obtiene como resultado de restar al salario bruto o total devengado el total a deducir.

 

  • Sello,  firma de la empresa y  firma del trabajador:

Por último encontraremos los espacios donde deberá firmar el empresario y el trabajador, constituyendo este acto un medio de conformidad, y el recibí. En caso de efectuarse el abono mediante transferencia bancaria, la firma del trabajador se entiende sustituida por el comprobante de abono expedido por la entidad bancaria.

 

  • Determinación de las bases de cotización a la Seguridad Social y la base sujeta a IRPF:

Al final de la nómina vendrá un recuadro donde aparecerá nuestra base de cotización (contingencias comunes y profesionales) a la Seguridad Social a efectos de las posibles prestaciones. Tal y como adelantábamos, en este apartado vendrá la parte de la cotización que corresponde a la aportación del empresario (sobre el 30,9% de la base de cotización). 

 

Como curiosidad os mostramos un ejemplo de nómina en el año 1955, cuando la liquidación era semanal, además de otros conceptos que han cambiado:

nomina antigua-altec-asesoria

 

Creemos que entender el los conceptos que componen una nómina es fundamental para saber si nos están pagando lo pactado o estipulado, o sí la empresa nos está reteniendo correctamente. Si tienes dudas con tu nómina consulta a un profesional, en Altec Asesoría estaremos encantados de ayudarte. Tu dinero está en juego.