Las asociaciones de autónomos vienen reclamando hace tiempo una batería de medidas en favor de los autónomos y muchas de ellas se han incluido en la proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo que se está tramitando en el congreso. Hoy te contamos en nuestro blog los principales puntos de la inminente ley. 

 

  1. Flexibilidad en las cotizaciones. 

El importe a pagar a la Seguridad Social, si nos damos de alta o baja, será proporcional a los días del mes que estemos de alta, no teniendo que pagar el mes completo. Por otra parte, habrá cotizaciones específicas para el autónomo a tiempo parcial, o para aquel que tenga un carácter de no habitualidad.

Además, los autónomos podrán cambiar de base por la que cotizan cuatro veces al año y no dos, como hasta ahora.

 

  1. Ampliación de tarifa de 50 euros.

Se amplía la duración de esta tarifa para las nuevas altas de autónomos de cualquier edad, de 6 meses a 12 meses. Habrá, además, reducciones en las cotizaciones pasados esos primeros doce meses que, en total, supondrán otro año más pagando menos cuotas a la Seguridad Social. 

 

  1. Cotizaciones a la Seguridad Social

Otra novedad que nos trae esta ley es que se defina la habitualidad, es decir, que la ley prevea que los autónomos cuyos ingresos reales no superen el umbral del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) no tengan la obligación de cotizar de abonar cotizaciones fijas a la seguridad social.

Se reforma el recargo por impago de la cuota, que será progresivo en lugar del 20% fijo actual (o de 35% en algunos casos). Ahora será del 3%, del 5% y del 20% según se abone la cuota el mes siguiente, dentro del segundo mes o a partir de esa fecha, respectivamente.

 

  1. Fomentar la conciliación

Se quiere tomar medidas para fomentar la conciliación entre la vida laboral y familiar de los autónomos para equipararlas a los asalariados. Pone énfasis en mejorar las bonificaciones relacionadas con maternidad: bonificación del 100% durante la baja por maternidad o paternidad y bonificaciones para las autónomas que vuelvan a la actividad en los dos años siguientes al parto.

 

  1. Asociacionismo de autónomos

Esta ley quiere reforzar la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, otorgándoles un papel más relevante.

 

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  1. Compatibilidad con la pensión de jubilación

Será compatible realizar trabajos como autónomo con el recibir una pensión de jubilación, siempre que se cumplan los términos que se establezcan. Actualmente se puede cobrar el 50% de la pensión la ministra de Empleo anunció que se elevará al 100% para jubilados mayores de 65 años, lo que multiplicará el número de trabajadores que compatibilicen trabajo y pensión.

 

  1. Prestación por cese

Se mejorará la prestación por cese de actividad de los autónomos (“paro de los autónomos”), para agilizar su tramitación y aumentar su duración hasta un máximo de 2 años. Se creará un subsidio por cese de actividad del 80% del IPREM durante seis meses para quienes hayan agotado la prestación, similar al subsidio que reciben por los trabajadores por cuenta ajena.

 

  1. Criterio de caja IVA

Se elimina el límite del retraso de devengo del 31 de diciembre que existe a día de hoy.

 

  1. Deducción fiscal de los gastos

La nueva ley pretende que establezca un criterio uniforme para quien pretenda deducir los gastos relacionados con la actividad, como los automóviles parcialmente afectos a una actividad económica o los suministros de agua, gas y electricidad para los que tengan su actividad en casa y no dispongan de local.

 

El objetivo de esta nueva Ley es claro: facilitar el emprendimiento y fomentar el empleo autónomo. Si vas a emprender y tienes dudas consulta a un profesional, en Altec Asesoría estaremos encantados de ayudarte. Tu dinero está en juego.